Índice de Contenido
1. Registro de marcas
La marca es todo signo que sirve para identificar en el mercado los productos o servicios, diferenciándolos de sus competidores. Una marca puede estar conformada por una palabra, combinación de palabras, imágenes, figuras, símbolos, letras, cifras, etc. Se incluyen también las formas de presentación de los productos y formas determinadas de envases o envolturas.
De manera general, comprende a todo elemento que cumpla con la función de distinguir productos o servicios.
Las marcas deben cumplir con dos condiciones para ser registradas:
- Que puedan ser representadas gráficamente.
- Que tengan distintivita.
1.1 Marca
La calidad de los productos o servicios serán conocidos por el público a través de su identificación con la marca que los designa. De allí que en muchos casos, el valor de la marca sea mayor que el que representan otros bienes que pueda poseer la empresa.
Las marcas son la garantía más eficaz para distinguir la personalidad industrial o comercial de quien las emplea, y constituyen un valor exclusivo y representativo del crédito, bondad y excelencia de los productos o de los servicios y, por tanto, de su procedencia empresarial. Las marcas sirven para distinguirse frente a la competencia, indicar la procedencia empresarial, señalar calidad y características constantes, realizar y reforzar la función publicitaria.
El registro de una marca se concederá por un período de diez años renovables, contados a partir de la resolución que concede el derecho.
Ejemplos:
- Laive
- Coca Cola
- Nescafé
- Inca Kola
- Toyota
1.2. Nombre comercial
El nombre comercial es cualquier signo que sirve para identificar a una persona, sea natural o jurídica en el ejercicio de la actividad económica.
Una empresa o establecimiento puede tener más de un nombre comercial. Los nombres comerciales son independientes de las denominaciones o razones sociales de las personas jurídicas, pudiendo coexistir ambas. El derecho exclusivo sobre un nombre comercial se adquiere por su primer uso en el comercio y termina cuando cesa el uso del nombre o cesan las actividades de la empresa o establecimiento que lo usa.
Cualquiera puede solicitar el registro del nombre comercial que emplea para distinguir la actividad económica que realiza, demostrando la fecha en la que se utilizó por primera vez.
Ejemplos:
- Wong
- Metro
1.3. Lema comercial
Es una palabra, frase o leyenda utilizada que sirve para publicitar una marca. La solicitud de registro de un lema comercial deberá especificar la marca solicitada o registrada con la cual se usará. Debe ser transferido conjuntamente con el signo marcario al que se asocia y la vigencia está sujeta a la del signo registrado. No se pueden registrar lemas comerciales que contengan alusiones a productos o marcas similares o expresiones que puedan perjudicar a dichos productos o marcas.
Ejemplo:
– “La bebida de sabor nacional”. Este lema se usará junto con la marca Inca Kola, y en este caso si caduca la protección de la marca sin existir una solicitud de renovación, el lema comercial sigue la misma suerte.
– “Hay cosas que el dinero no puede comprar, para todo lo demás… Master Card”.
– “Nadie vende más barato que Elektra”.
– “Destapa la felicidad”, asociada a Coca Cola.
1.4. Marca colectiva
Es toda marca que sirve para distinguir el origen o cualquier otra característica común de productos o servicios de empresas diferentes que utilizan la marca bajo el control del titular.
Es un signo adoptado y registrado por un ente colectivo para que sea utilizado por sus integrantes. Las asociaciones de productores, fabricantes, prestadores de servicios, organizaciones, o grupos de personas, legalmente establecidos, podrán solicitar el registro de marca colectiva para distinguir en el mercado los productos o servicios de sus integrantes respecto de quienes no forman parte de dichas asociaciones, organizaciones o grupos de personas.
La marca colectiva podrá ser transmitida a terceras personas, siempre y cuando cuente con la autorización de la asociación, organización o grupo de personas, así como con el consentimiento de la oficina nacional competente.
Ejemplos:
– Chirimoya Cumbe, que sirve para identificar las chirimoyas producidas en el valle Cumbe, provincia de Huarochirí, departamento de Lima.
Esta marca se encuentra registrada a nombre del pueblo de Cumbe.
– Pumpushbiomaca, Junín. Sirve para identificar productos agrícolas, forestales y granos (no comprendidas en otras clases), frutas y legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales. Esta marca se encuentra registrada a nombre de la Asociación de Productores y Transformadores de Maca, región Junín, nación Pumpush.
– Mi Papa Seleccionada & Clasificada. Sirve para identificar papas de las variedades amarilla, tumbay, peruanita, diacol capiro, chanchán INIA y perricholi. Esta marca colectiva se usa para su comercialización mayorista. Se encuentra registrada a nombre de CAPAC PERÚ.
1.5. Marca de certificación
Es un signo destinado a ser aplicado a productos o servicios cuya calidad u otras características han sido certificadas por el titular de la marca. Es un signo que sirve para informar al consumidor que una o más características del producto o del servicio han sido verificados por un tercero (el titular de la marca de certificación), distinto del fabricante o de quien presta el servicio.
Con la solicitud de registro de una marca de certificación deberá acompañarse el reglamento de uso de la marca que indique los productos o servicios que podrán ser objeto de certificación por su titular, además se debe definir las características garantizadas por la presencia de la marca y describir la manera en la que se ejercerá el control de tales características antes y después de autorizarse el uso de la marca.
La finalidad es garantizar que los respectivos productos o servicios se encuentran sujetos a determinados patrones o estándares y que existe, asimismo, un control previo y continuo a través del tiempo.
1.6. Denominación de origen
Es un signo que sirve para identificar un producto que tiene características especiales, que se deben al lugar geográfico de producción, extracción o manufactura, y que, debido a ese vínculo, el producto es conocido con el nombre del lugar geográfico.
La declaración de protección de una denominación de origen se hará de oficio o a petición de quienes demuestren tener legítimo interés, es decir, las personas naturales o jurídicas que directamente se dediquen a la extracción, producción o elaboración del producto o los productos que pretendan amparar, así como las asociaciones de productores.
Ejemplos:
– “Pisco” es la denominación de origen utilizada para distinguir al aguardiente de uva peruano obtenido de la destilación de caldos frescos de fermentación exclusiva del mosto de uva, siguiendo las prácticas tradicionales establecidas en las zonas productoras, como la costa de los departamentos de Lima, Ica, Arequipa, Moquegua y los valles de Locumba, Sama y Caplina del departamento de Tacna en el Perú. El pisco se elabora utilizando uvas que se producen gracias al clima templado y a la formación téctonica del suelo, propios de la provincia de Pisco y de las demás zonas productoras.
– “Chulucanas” es la denominación de origen utilizada para distinguir los productos hechos de cerámica del distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura. La cerámica de Chulucanas se obtiene como resultado de la combinación de factores naturales (arcilla, arena, clima y hoja de mango) y humanos a partir de las técnicas ancestrales de las culturas Vicus y Tallán.
– “Maíz blanco gigante del Cuzco” es la denominación de origen utilizada para distinguir los granos de maíz producidos en el Valle Sagrado de los Incas, provincias de Calca y Urubamba, departamento de Cuzco. El maíz blanco gigante del Cuzco se caracteriza por su gran tamaño y excelente calidad, sabor y valor nutritivo, características obtenidas como producto del esfuerzo milenario del hombre andino.
Para el registro de marcas, nombres comerciales, lemas comerciales, marcas colectivas y marcas de certificación, se deben tener en cuenta los siguientes requisitos:
– Presentar 3 ejemplares del formato de la solicitud correspondiente indicando los datos de identificación del solicitante.
– Si se cuenta con representante, adjuntar poderes e indicar sus datos y domicilio para que se remitan las notificaciones.
– Indicar el signo que se pretende registrar. Si posee efectos gráficos se deben adjuntar 3 copias a colores.
– Determinar los productos, servicios o actividades económicas que se desea registrar, así como la clase o clases a las que pertenecen (clasificación de Niza).
– Adjuntar constancia de pago del derecho de trámite (14,46 % de la UIT).
Se otorgará un plazo de 60 días hábiles para subsanar incumplimientos. Al subsanarse las omisiones se considera la fecha de subsanación como nueva fecha de presentación. Una vez presentada la solicitud, la dirección tiene 15 días hábiles para realizar su examen formal. Luego de ello, se emitirá la orden para que se pueda hacer la publicación en El Peruano, por única vez (costo asumido por el solicitante).
2. Registro de patentes
Una patente es un título que otorga el Estado para ejercer un derecho exclusivo de comercializar un invento o invención durante un periodo de tiempo determinado y en un territorio específico.
Una invención puede protegerse a través de las siguientes modalidades: patente e invención, patente de modelo de utilidad y el secreto industrial. En el Perú, la duración de una patente de invención es de 20 años y las de modelo de utilidad, diseño industrial y circuitos integrados, 10 años; para variedades vegetales es entre 20 y 25 años, en los dos primeros casos el periodo se cuenta desde la fecha de presentación de la solicitud en los demás desde la emisión del certificado.
Es importante registrar una patente porque brinda protección a los adelantos tecnológicos, a fin de poder explotar comercialmente la invención. La protección por patente es una recompensa a la creación o perfeccionamiento de una invención. Las patentes sirven de estímulo a la creatividad y alientan a las empresas e individuos a seguir desarrollando la nueva tecnología para poder comercializarla.
Para que una invención pueda ser protegida a través de una patente debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser novedosa.
- Tener nivel inventivo.
- Tener una aplicación industrial.
- Contar con una descripción clara y completa de la invención.
No todo se puede patentar, estas son las excepciones:
– Los procesos esencialmente biológicos para la producción, reproducción y/o programación de plantas y animales.
– El material biológico y genético tal como se encuentran en la naturaleza.
– Las razas animales.
– El cuerpo humano y las partes vivas que lo componen.
– Las variedades vegetales y minerales.
2.1. Patentes de invención
Una invención es una idea nueva, puesta en práctica, que permite solucionar un problema técnico concreto en cualquier campo de la tecnología. A través de una patente de invención se puede proteger un producto o un procedimiento. Se considera una nueva invención cuando no está comprendida en el estado de la técnica. Esto es, todo lo que haya sido accesible al público por una descripción escrita u oral, utilización comercialización o cualquier otro medio antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente.
Una invención es susceptible de aplicación industrial, cuando su objeto pueda ser producido o utilizado en cualquier actividad productiva, incluidos los servicios.
2.2. Modelo de utilidad
Es una invención relacionada a toda nueva forma, configuración o disposición de elementos de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u objeto o de alguna parte de este que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que lo incorpora o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía.
2.3. Diseño industrial
Se considera a la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinaciones de colores, o de cualquier forma externa bidimensional otro dimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambien el destino o finalidad de dicho producto.
Los diseños industriales pueden ser aplicados a una gran variedad de productos de la industria y la artesanía, desde joyas y otros artículos de lujo, instrumentos técnicos, médicos a relojes, electrodomésticos, aparatos eléctricos, vehículos y estructuras arquitectónicas, desde estampados textiles a bienes recreativos.
2.4. Circuitos integrados
Son productos –en su forma final o intermedia–, en el que al menos uno de sus elementos sea activo y alguna o todas las interconexiones forman parte integrante del cuerpo o de la superficie de una pieza de material; y está destinado a realizar una función electrónica.
De acuerdo con la función que vayan a realizar, los circuitos integrados necesitan un orden y una disposición especial. Se debe realizar un plan o diseño de los elementos que componen el circuito integrado, el cual conforma el esquema de trazado de circuitos integrados.
2.5. Variedades vegetales
Una variedad vegetal es un conjunto de plantas de un solo taxón botánico del rango más bajo conocido que, con independencia de si responde o no plenamente a las condiciones para la concesión de un derecho de obtentor, pueda definirse por la expresión de los caracteres resultantes de un cierto genotipo o de una cierta combinación de genotipos; además debe distinguirse de cualquier otro conjunto de plantas por la expresión de uno de dichos caracteres, por lo menos, y considerarse como una unidad, habida cuenta de su aptitud a propagarse sin alteración.
El certificado de obtentor es otorgado a la persona natural o jurídica que haya logrado obtener una nueva variedad vegetal, aplicado a todas las variedades cultivables de los géneros y especies botánicas siempre y cuando su cultivo, posesión o utilización no se encuentren prohibidos por razones de salud humana, animal o vegetal.
Los requisitos para que una variedad vegetal sea protegida son: novedad distinguibilidad, homogeneidad, estabilidad y denominación genérica adecuada.